El régimen de Visitas en Época de Coronavirus

28.03.2020

En estos días, en que la incertidumbre sobre el virus que aqueja a la población mundial, nos ha confinado a nuestros hogares, surge un tema imprescindible: Cómo seguir con el régimen de visitas ordenado por una autoridad judicial?

Pues, sería fabuloso que padres y madres se pusieran de acuerdo respecto del tipo de contacto que mantendrán sus hijos durante este tiempo; sin embargo la realidad se hace evidente cuando vemos a padres que no pueden mantener un contacto amistoso o mínimamente cordial entre ellos, situación que involucra a los hijos que son afectados por las disputas de cualquier índole que mantienen sus padres.

Pese a que se han suspendido las actividades laborales, se ha restringido la movilización a nivel nacional, los regímenes de visitas no han sido suspendidos, el derecho primario es el de mantener el vínculo afectivo entre padres e hijos en toda circunstancia. Esto es algo que debemos entender todos, padres, madres, familiares. El hecho que entre padre y madre no exista vínculo alguno, no significa que los hijos tienen su derecho de mantenerse en contacto permanente con sus padres. Enfatizo, no es un derecho solamente de los padres sino principalmente de los hijos, pues esto es lo que contribuirá de manera efectiva al desarrollo integral del menor.

Es obligación de quien mantenga la tenencia del menor, el brindarle los mecanismos necesarios para poder mantener el vínculo filial con el padre o madre que no lo tengan.

En época de coronavirus los padres deben precautelar las medidas sanitarias necesarias al momento de realizar la visita a sus hijos y de ser posible brindar un espacio para que puedan realizar la interacción necesaria; si bien, lo adecuado es que los menores no salgan de sus hogares por ser vulnerables a este virus, esto no significa que se pueda mantener el proceso de visitas, por otros medios.

No es correcto que se utilice esta emergencia sanitaria como pretexto para impedir un régimen de visitas, los padres que no puedan hacer efectivo su derecho al verse atados de pies y manos al momento de ejercer el derecho, no deben desmayar en su intento, deben estar pendientes de sus hijos, y al momento de que la emergencia termine, hacer conocer a la autoridad judicial la negativa del progenitor con la tenencia, de que se hayan hecho efectivos los derechos del menor respecto de las visitas con sus padres.

Johanna Orbe